Articulo 5 Reglamento de la ley aduanera México
Descarga y escucha en cualquier lugar
Descarga tus episodios favoritos y disfrútalos, ¡dondequiera que estés! Regístrate o inicia sesión ahora para acceder a la escucha sin conexión.
Descripción
Artículo 5. Las empresas que transporten las Mercancías a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7o. de la Ley, deberán transmitir a la Autoridad Aduanera mediante el Sistema...
mostra másartículo 7o. de la Ley, deberán transmitir a la Autoridad Aduanera mediante el Sistema Electrónico
Aduanero, por lo menos veinticuatro horas antes de su arribo al país, la información que permita la identificación de las Mercancías y de sus consignatarios, tales como, tipo, cantidad y descripción, así como nombre, denominación o razón social del consignatario, y demás que establezca el SAT mediante Reglas.
Información
Autor | CUEJ Centro Universitario |
Organización | CUEJ Centro Universitario |
Página web | - |
Etiquetas |
Copyright 2024 - Spreaker Inc. an iHeartMedia Company