Artículo 6. Leyes de Función Pública.

17 de ene. de 2020 · 21s
Artículo 6. Leyes de Función Pública.
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Artículo 6. Leyes de Función Pública. En desarrollo de este Estatuto, las Cortes Generales y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas aprobarán, en el ámbito de sus competencias, las...

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Artículo 6. Leyes de Función Pública.

En desarrollo de este Estatuto, las Cortes Generales y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas aprobarán, en el ámbito de sus competencias, las leyes reguladoras de la Función Pública de la Administración General del Estado y de las comunidades autónomas.
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Autor Aprende la Ley
Organización Aprende la Ley
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