Artículo 9B Ley Aduanera México
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Descripción
ARTICULO 9o.-B. La notificación por estrados se realizará a través del sistema electrónico aduanero transcurrido el plazo de cinco días hábiles a que se refiere el artículo 9o.-A de esta...
mostra másLas notificaciones por estrados podrán consultarse en la página electrónica del sistema electrónico aduanero y se tendrá como fecha de notificación el décimo sexto día hábil correspondiente, fecha en la cual surten efectos legales las mismas.
Artículo adicionado DOF 09-12-2013
Información
Autor | CUEJ Centro Universitario |
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