E94 El Dato peque del trueque: Si eres empresa certificada presenta tu aviso de cumplimiento en materia laboral

15 de ene. de 2022 · 4m 25s
E94 El Dato peque del trueque: Si eres empresa certificada presenta tu aviso de cumplimiento en materia laboral
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El pasado 24 de diciembre se publicaron las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2022 a través del Diario Oficial de la Federación. Entre las actualizaciones de relevancia se...

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El pasado 24 de diciembre se publicaron las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2022 a través del Diario Oficial de la Federación.

Entre las actualizaciones de relevancia se encuentra la modificación a los requisitos de las empresas que cuentan con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo las modalidades de IVA e IEPS, Operador Económico Autorizado y Socio Comercial Certificado, esto debido a la eliminación del esquema de subcontratación establecido en los derogados artículos 15-A al 15-D de la Ley Federal del Trabajo.

En este mismo sentido, el Octavo transitorio de las RGCE para 2022 establece que las empresas que hayan solicitado y/u obtenido su registro declarando que contaban con proveedores de servicio de subcontratación, deberán avisar a la autoridad que se encuentran en cumplimiento en materia laboral.

De acuerdo con la ficha de trámite 22/LA del Anexo 2 de las RGCE, las empresas deberán presentar escrito libre manifestando:

• La modalidad del o los Registros en el Esquema de Certificación de Empresas por los que haya ingresado su solicitud o con los que cuenta.
• Que cumple con el número de empleados requerido para el rubro solicitado u otorgado, según corresponda, en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS, Operador Económico Autorizado y Socio Comercial Certificado.
• Que cumple con la obligación de emitir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet de nómina a sus trabajadores.

Asimismo, debe adjuntarse la siguiente documentación:

• Constancias de la totalidad de sus registros patronales del Sistema único de Autodeterminación, en donde se observe la totalidad del personal registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social del último bimestre al que se haya encontrado obligado, anterior a la presentación del escrito.
• Con la que acredite la retención y entero del Impuesto Sobre la Renta de la solicitante, para lo cual podrá presentar la última declaración de retenciones de Impuesto Sobre la Renta por salarios, así como el comprobante que demuestre el entero de las contribuciones retenidas a los trabajadores.
• Con la que acredite que cumple con la obligación de emitir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet de nómina a sus trabajadores. Se recomienda enviar una muestra de 10 CFDI de nómina.
• El comprobante del pago de cuotas obrero-patronales del último bimestre al que se haya encontrado obligado, anterior a la presentación del escrito.

Deberá adjuntar comprobante de pago descargado por el Sistema de pago referenciado o comprobante de pago que sea acorde con la información del Sistema único de Autodeterminación.

El trámite debe presentarse de forma presencial en las oficinas de Ciudad de México, dentro de los primeros 15 días después de la entrada en vigor de las RGCE, es decir, a más tardar el 21 de enero. Es importante cumplir con este trámite en tiempo y forma con el objetivo de seguir gozando de los beneficios de las certificaciones correspondientes, evitando así un requerimiento, así como una cancelación.

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
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Autor TLC Magazine México
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