Radio Hemisférica - Servicio Militar Obligatorio, Prestación Social Sustitutoria y Servicio Social Femenino para la jubilación - Antonio T.

6 de jun. de 2024 · 1h 13m 20s
Radio Hemisférica - Servicio Militar Obligatorio, Prestación Social Sustitutoria y Servicio Social Femenino para la jubilación - Antonio T.
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El tiempo de Servicio Militar Obligatorio, La Prestación Social Sustitutoria y el Servicio Social Femenino cuentan para la jubilación. Servicio Militar en España El servicio militar obligatorio, conocido popularmente como...

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El tiempo de Servicio Militar Obligatorio, La Prestación Social Sustitutoria y el Servicio Social Femenino cuentan para la jubilación.


Servicio Militar en España
El servicio militar obligatorio, conocido popularmente como "la mili", fue un deber para los varones españoles desde mediados del siglo XIX hasta el año 2001. Durante este periodo, los jóvenes debían cumplir con un período de instrucción y servicio en las Fuerzas Armadas. En 2001, la Ley 17/1999, de 18 de mayo, sobre el Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, puso fin al servicio militar obligatorio, estableciendo un ejército profesional y voluntario.


Prestación Social Sustitutoria
La prestación social sustitutoria (PSS) se creó como una alternativa al servicio militar obligatorio para aquellos objetores de conciencia que, por razones éticas o religiosas, no querían realizar el servicio militar. Esta prestación consistía en la realización de trabajos de utilidad pública y social durante un período similar al servicio militar. La Ley 48/1984, de 26 de diciembre, reguló la objeción de conciencia y la prestación social sustitutoria.


Sección Femenina
La Sección Femenina fue una organización creada en 1934 como parte del partido Falange Española. Su propósito era educar y adoctrinar a las mujeres en los valores del régimen franquista, promoviendo la formación en labores domésticas, educación física y actividades sociales. Tras la muerte de Franco y la transición a la democracia, la Sección Femenina fue disuelta en 1977. 
Regulación de las Cotizaciones para la Jubilación Anticipada

La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, reguló las cotizaciones para la jubilación anticipada, incluyendo disposiciones que afectan tanto a los períodos de servicio militar como a la prestación social sustitutoria. Esta normativa busca reconocer estos períodos a efectos de cotización y derechos de jubilación.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de febrero de 2020 (rec. 3801/2017), dictada en recurso de casación para unificación de doctrina, ha reconocido el cómputo de los días de prestación del servicio social de la mujer a efectos de completar el período mínimo de cotización para acceder a la pensión de jubilación anticipada.


Desde el mismo día de su publicación, el 26 de noviembre de 2022, la Ley 24/2022, de 25 de noviembre, otorga al tiempo de prestación del servicio social femenino los mismos efectos en el acceso a la jubilación parcial que en el acceso a la jubilación anticipada, que ya recogía en la Ley 21/2021, tras la STS 6-2-2020 (rec. 3801/2017).
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Autor Radio Hemisferica
Organización Radio Hemisferica
Página web radiohemisferica.com
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